dc.description.abstract | Se ha definido al Estado como la organización jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación que se ejerce en determinado territorio. El Estado es, por consiguiente, una forma de organización, y dicha organización es de índole jurídica.
Por organización se entiende «la regla de la asociación que asigna a cada miembro de ésta su posición dentro de la misma, y las funciones que le corresponden.
Las normas relativas a la organización fundamental del Estado reciben el nombre de Constitución. La Constitución del Estado comprende «las reglas jurídicas que determinan los órganos supremos de éste; su modo de creación; sus relaciones recíprocas; su competencia, y la posición de cada uno en relación con el poder estatal.
La palabra constitución no es solamente aplicada a la estructura de la organización política, sino también a los derechos subjetivos públicos. | es |