Consentimiento informado. ¿Deber jurídico o ético?

Resumen

La práctica odontológica ha evolucionado de manera significativa, al igual que la medicina ha dejado atrás la postura paternalista, en donde el médico era el responsable de la toma de decisiones respecto a la salud del enfermo; sin embargo hoy en día se le reconoce al paciente como un individuo autónomo, capaz de discernir entre lo bueno y malo, lo que conviene o no a su salud teniendo la información necesario para tomar una decisión razonada.
El odontólogo juega un papel importante en el cumplimiento del consentimiento informado, ya que depende de él, influir positiva o negativamente de acuerdo a la calidad ética que tenga.


Palabras clave: autónomo, consentimiento informado, ética

Abstract

The dental practice has evolved significantly, as medicine has outgrown the paternalistic stance, where the doctor was responsible for making decisions about the patient's health; but today he is recognized the patient as an autonomous individual, able to discern between good and bad, what's good for your health or not having the information needed to make a reasoned decision.
The dentist plays an important role in meeting the informed consent, as it depends on him, positively or negatively according to the ethical quality that has influence.


Keywords: independent, informed consent, ethics

Desarrollo

Objetivo general

Conocer cuál es el papel del odontólogo en el consentimiento informado

Objetivos específicos

Saber que es el consentimiento informado y cuáles son sus requerimientos para su validez

Definir el concepto de autonomía relacionado a los pacientes

Enunciar los factores que influyen en el deber ético del odontólogo

Introducción 

El consentimiento informado ha pasado de ser simple documento médico-legal capaz de proteger y respaldar tanto del paciente y profesional de la salud, a ser considerado como un derecho del paciente, que consta de una explicación detallada acerca de todo lo que abarca un padecimiento (diagnóstico, tratamiento, pronóstico etc.) 1

Consentimiento informado

La Comisión Nacional de Arbitraje Médico considera que el CI es el proceso por el cual el paciente competente o capaz recibe bastante la información, en términos comprensibles, que le capacita para participar en forma voluntaria, consciente y activamente en la adopción de decisiones respecto al diagnóstico y tratamiento de su enfermedad. 2

Para que el consentimiento informado sea válido debe cumplir con ciertas condiciones:

• Debe entregarse toda la información médica adecuada para que el paciente tome su decisión suficientemente informado

• El paciente debe entregar su consentimiento en forma voluntaria, sin presiones de ningún tipo

• El paciente debe ser competente y/o capaz de tomar una decisión que puede afectar su salud

Si es menor de edad o no tiene capacidad para decidir, debe ser representado por sus padres o su representante legal

• Que sea el mismo sujeto del acto médico quien lo otorgue (concepto de titularidad)

• Que el propósito y la causa del consentimiento sean recuperar la salud del enfermo

• Que el proceso tenga una forma externa (verbal o escrita)

• Que el consentimiento sea obtenido previo a la realización del acto médico 3

Autonomía

La autonomía, es ser libre de definir la orientación de su vida, sin lesionar la libertad de los otros; es la capacidad de tomar, en forma autónoma, las decisiones pertinentes a su propio cuerpo, en cuanto es adulto y tiene capacidad mental suficiente para ello. 5

Esta autonomía varia legalmente en cada país, de acuerdo al lugar, se le considerara o no una persona adulta, en caso de que el paciente no cumpliera con la edad, se requiere de un tutor legal; también en personas que tengan capacidades diferentes deberán estar asistidas por un representante.

En el consentimiento informado se le considera al paciente, una persona autónoma, capaz de reconocer lo que es bueno para sí mismo, un ente que mediante el uso de información puede escoger responsablemente su futuro.

Pero pese a su capacidad mental y psicológica para existe la pregunta de ¿Hasta que punto el paciente es capaz de discernir? puesto que es susceptible  a modificar la decisión dependiendo de los datos que se le brinden,  ¿Cuál es entonces el papel del odontólogo como figura guía y que tan éticamente actúa?.

El odontólogo

Durante el desempeño de su profesión, el odontólogo se ve inmerso en una serie de conflictos, pues ha de atenerse al cumplimiento de las normas que establecen el correcto manejo del consentimiento informado, “una ética profesional” “deontología” o teoría de los deberes (deber ser); sin embargo, puede ser que en ocasiones incurra en faltas y no necesariamente de carácter legal o situaciones donde dependa de él la vida del paciente, sino más bien éticas. 4

El odontólogo debe tratar de hacer el bien en todo momento, buscar la mejor opción, pero su bien actuar a veces se ve limitado, ya que no le explica al paciente cuáles serán las posibles consecuencias de aceptar o rechazar el tratamiento, omite puntos como el presupuesto, costos e inclusive no sugiere alternativas por conveniencia para sí mismo. También  se han llegado a presentar casos donde se crea falsas expectativas para que el paciente tome la decisión de empezar  el tratamiento.

Cuando el profesional de la salud se apega a lo que la ética profesional sugiere, puede presentarse que los términos dentro del consentimiento no sean claros debido a que se utilizan términos técnicos y científicos de difícil comprensión, no dedica tiempo suficiente para explicar el problema, no menciona las limitaciones del tratamiento en cuestión, o la posibilidad de fracaso.

La aplicación de la ética durante el ejercer odontológico puede marcar la pauta para un mejor desarrollo no solo del tratamiento, también para el resultado final. En cada sugerencia que se le haga al paciente, debe llevar una dosis de ética suficiente, argumentos veraces y basadas en hechos científicos, tratando de dar el resultado que se quiere sin llegar a la falsedad. Pues el paciente tiene el derecho moral de ser informado sobre la naturaleza y los objetivos de los procedimientos diagnósticos, preventivos o terapéuticos; de su confidencialidad, de la duración de los tratamientos, de los beneficios, probables incomodidades y riesgos físicos, psíquicos, económicos y sociales, además de las posibles alternativas terapéuticas existentes. 7

Las resoluciones a las que llegue el odontólogo frente a un problema deben ser viables en lo legal y ético, obtener el consentimiento informado no solo es tener un documento signado por el paciente, obtenerlo refiere que el odontólogo ya ha informado a detalle el procedimiento, que se ha llevado a cabo un proceso de mutua participación, se han sugerido alternativas (aun cuando no sea  del total dominio de éste) y que las decisiones han sido tomadas libremente por el paciente con la intervención del personal de la salud pero sin su interferencia.

Para cambiar la imagen de la odontología y sea considera como una profesión confiable es necesario unificar criterios y que no continúen prevaleciendo intereses personales y de grupo, además de orientar al paciente en cuanto al conocimiento de sus derechos y obligaciones ante una rehabilitación estomatológica integral 6

Conclusión

Se debe de crear conciencia en el odontólogo acerca de su actuar como profesional de la salud, debe entender que el desarrollo de su profesión abarca importantes aspectos pues está encargado de tratar con vidas humanas. Su bien actuar debe ser no solo en cumplimento de lo que dictaminan las leyes, su hacer debe estar encaminado a lo que es ético laboralmente y para ello es necesario que su vida personal sea llevada de la misma forma.

“En cada acto médico debe estar presente el respeto por el paciente y los conceptos éticos y morales; entonces la ciencia y la conciencia estarán siemprdel mismo lado, del lado de la humanidad.” René Gerónimo Favaloro

Bibliografía

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Palomer, L. Consentimiento informado en odontología. Un análisis teórico-práctico. SciELO, 2009, 100-105.

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Cadavit, G. J. Autonomía y consentimiento informad: principios fundamentales en bioética. Revista CES Odontología, 2005, 59-64.

Triana, J. La Ética: un problema para el odontólogo. SciELO, 2006,  75-80.

Saliba, C. A. Percepción del cirujano-dentista respecto del uso del consentimiento informado en el tratamiento odontológico. SciELO, 2009, 106-111.


[a] Alumna del 9º semestre del Área Académica de Odontología del Instituto de Ciencias de la Salud de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo.

[b] Profesor (a) de tiempo completo del Área Académica de Odontología del Instituto de Ciencias de la Salud de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo.

Correo de correspondencia: jesusor14@hotmail.com