El interrogatorio en el nuevo proceso penal acusatorio

RESUMEN

En el presente ensayo  se da a conocer la relevancia de  conocer cuáles son las reglas que deben de observarse en  las técnicas de litigación oral  en el nuevo proceso penal acusatorio,  ya sea como Fiscal o abogado Defensor,  o bien  asesor jurídico de la  víctima y/o ofendido.

Hoy es indispensable  que  el abogado se prepare  para poder  defender los intereses  la parte que contrate nuestros servicios profesionales.

Palabras clave: interrogatorio, técnicas, litigación, victima, ofendido,  asesor jurídico, abogado.

Abstract

This essay is given to know the importance of knowing what the rules to be observed in the oral litigation techniques in the new criminal proceedings accusatory , either as a prosecutor or defense attorney or legal counsel of the victim and victim are .

Today it is essential that the lawyer is prepared to defend the interests of the party contracting our professional services.

Keywords: interrogation techniques , litigation, victim , victim, legal counsel

INTRODUCCIÓN

Actualmente  es importante  que el  abogado  conozca  las nuevas reglas del interrogatorio  para ser competente  en el nuevo proceso penal acusatorio, razón por  la cual en el presente ensayo se analizan las  formas en que  se deben de  realizar  las preguntas   a los testigos que deberán de comparecer para   declarar  sobre un determinado caso, y sobre todo la  relevancia de  que el abogado es quien evalúa a que testigos presentará en las diversas etapas y además es quien  conducen al testigo a través de las preguntas, para incorporar  únicamente los hechos que refuerzan su teoría del caso.

Así mismo,  se señalan los fundamentos  jurídicos  que se encuentran en el Código Nacional de Procedimientos Penales,  vigente en  todo el país, que fundamentan las reglas que deben de observarse al  realizar el interrogatorio a un testigo dentro del nuevo sistema penal acusatorio.

Hoy en día nos damos cuenta  que  la mayoría de los abogados   seguimos  utilizando formalidades o formulismo  del sistema anterior, de ahí nace la importancia de escribir este ensayo  para abonar un poco en relación a la técnica de litigación oral,  solo en el interrogatorio por esta ocasión.

Los abogados al hacer las preguntas siguen utilizando  los siguientes términos para preguntas: Me podría  decir si conoce a…. me podría decir qué relación tiene usted con el imputado…. Me podría decir que hizo….., y como se desprende que hoy estas no constituyen la nueva formalidad de hacer las preguntas.

EL INTERROGATORIO

El interrogatorio, es una forma en que  se puede incorporar información  de un testigo o perito   en una audiencia con la finalidad de probar algún hecho de la teoría del caso del abogado, ya sea como fiscal, asesor jurídico o abogado defensor,  quienes deben de  saber las reglas  que se deben de observar a la hora de  formular el interrogatorio.

De acuerdo algunos autores  le otorgan otra denominación al interrogatorio como examen  directo de testigo,  sin embargo, se trata de  lo mismo, es decir, señala la forma en que se deben de construir las preguntas dirigidas a los testigos o a los peritos en alguna materia para incorporar   información  a la audiencia de juicio  y probar con ello algún hecho.

OBJETIVOS DEL INTERROGATORIO

El objetivo principal del interrogatorio es extraer  del testigo   toda la información indispensable  para acreditar el elemento factico de nuestra teoría del caso, ante la presencia del  Juez de control o bien del Tribunal de enjuiciamiento,  lo cual nos va permitir  lograr  los objetivos   o metas que nos hayamos propuesto según el lado en que nos encontremos  como ya lo mencionamos anteriormente, que puede ser  como asesor jurídico  quien coadyuva con el fiscal para lograr sus pretensiones,  o como abogado defensor quien a su vez defiende los intereses del imputado o acusado.

Lo antes señalado  evidencia la relevancia  de que el abogado hoy día, debe de contar con todas las herramientas necesarias  antes de  acudir ante un tribunal para  defender un caso en particular.

LA ACREDITACION DEL TESTIGO

En ese orden de ideas, el abogado debe de saber la importancia de acreditar al testigo, sobre todo para que tenga credibilidad en su declaración e influya en la convicción del juez, lo anterior dependerá de la información que proporcionará el testigo  como lo señala    (Baytelman & Duce, 2004), “Constituye una función central del abogado litigante  entregarle al tribunal  elementos  para construir  juicios de credibilidad  del testigo.  Para ello deberá formular preguntas  orientadas  a obtener  información  sobre estos aspectos y que  llamaremos  preguntas de legitimación o acreditación del testigo.”

FUNCION DEL TESTIGO

Una de las funciones del interrogatorio, es sin duda,  presentar el testimonio de una persona de una manera  eficaz,  de acuerdo a la lógica,  y lo más importante  que sea  persuasiva entendiéndose como persuasivo el hecho de la declaración influya en la convicción del  juez de acuerdo a nuestra teoría del caso.

El  interrogatorio constituye el arte para obtener la información pertinente, clara, sencilla y precisa,   para cada etapa del proceso penal, por ejemplo  si nosotros presentamos a un testigo  para  tratar de desvirtuar  algunos de los elementos para la vinculación a proceso,  nuestro interrogatorio  tendrá que ser  tendiente a destruir alguno de los  elementos para la vinculación a proceso,  y el abogado es el responsable de saber conducir a su testigo, con la finalidad de  lograr  que el testigo únicamente  proporcione información necesaria para acreditar  determinada circunstancia.   Como será muy diferente cuando nuestro testigo  declare  para acreditar  la inocencia o responsabilidad en la etapa de juicio oral.

El abogado,  es quien debe de dirigir las preguntas, tratando a que el testigo   se abstenga de proporcionar información  innecesaria, de lo contrario influiría  a que el juez  pierda  la ilación de los hechos y el interés de escuchar al testigo, y  lo más lamentable es que no se logre lo que se pretenda acreditar con la declaración del testigo.

TIPO DE PREGUNTAS

Una vez analizada la importancia de la preparación del interrogatorio y su función primordial,  ahora  señalamos  que tipo de preguntas  pueden  realizar las partes.  Ahora bien las partes para  incorporar información sobre los hechos se utiliza un mecanismo que es la formulación de preguntas y como lo señala  (Valdivieso, 2012), menciona que “la formulación  de preguntas  es el mecanismo  que tiene el abogado  para lograr obtener  de los testigos  y peritos  la información  que éste  necesita  para sustentar su teoría del caso”. De lo anterior se desprende que es de suma importancia saber cómo formular  nuestro interrogatorio,  para lograr las pretensiones establecidas  en nuestra teoría del caso, de lo contrario va ser evidente  que el abogado desconoce de las técnicas de litigación oral, lo cual va ser juzgado por las partes, el juez y las personas que asistan  a dicha audiencia.

En los diferentes tipos de preguntas que el abogado  puede hacer  es importante  cuidar  de no realizar preguntas ambiguas o poco claras,  conclusivas, impertinentes o irrelevantes o argumentativas, que   tiendan a ofender  al testigo o peritos  o que pretendan coaccionarlos, tampoco se permiten preguntas sugestivas, este último solo se permite  en el contrainterrogatorio,  ya que las mismas están prohibidas  en el interrogatorio  como lo dispone en el artículo 373  del Código  Nacional de procedimientos Penales. (UNION).

Estas prohibiciones que señala el Código  Nacional de Procedimientos Penales, es importante  que  sean considerados ya que la parte contraria   si conoce de las técnicas de litigación oral, estará al pendiente para  objetarlas y como bogados debemos de saber la forma en que podemos defender  nuestra pregunta, ya que el juez nos otorgará la palabra para que  manifestemos lo que a nuestro derecho corresponda, es decir, argumentar las razones por las cuales la pregunta que estamos realizando cumple con los requisitos y por lo tanto debe ser respondida por el testigo.

Por lo general   se pueden hacer las siguientes preguntas.

1.-Preguntas abiertas o narrativas.  Estas  son narrativas, pero debe de limitarse las respuestas que da el testigo, y el que tiene que limitar es el abogado  ya que es quien conoce su teoría del caso y solo dejará  de que el testigo o perito proporcione la información que refuerza su teoría del caso. ¿Qué hizo usted el día 16 de agosto del 2016 de 8 a 9 de la noche?

En el libro de (Lorenzo, 2015), señala  que “son preguntas por  excelencia en un examen directo, las preguntas  abiertas son las que permiten  que el testigo declare libremente sobre  lo que se consulta..¿Què..? ¿ Còmo…? ¿ Porquè…? Entre otros inicios de formulación de pregunta, son clásicos para determinar  que una pregunta  se ha formulado en forma abierta.

2.-Preguntas cerradas. Son preguntas  donde el testigo solo debe de responder   con determinadas palabras,  focalizando en un aspecto específico  del relato, lo cual  es indispensable para   que nuestro testigo  tenga credibilidad, por ejemplo  ¿Qué color era el carro que conducía Cristina Hernández Bautista?

3.-Preguntas de seguimiento. Estas preguntas  se realizan cuando existe la necesidad de  obtener información más precisa sobre algo y que refuerce  nuestra teoría del caso. Por ejemplo, ¿Cuándo usted refiere que se encontraba bañado que exactamente  fue lo que escuchó?

4.-Preguntas introductorias. Se realizan cuando  el abogado se ve en la necesidad  de cambiar el tema en el interrogatorio  o referirse a otro aspecto en particular que abona a su teoría del caso y para una mejor comprensión de los hechos narrados por el testigo. Por ejemplo, ¿Ahora me voy a referir a cerca de su noviazgo con el acusado?

5.-Preguntas de transición. Este tipo de preguntas se utilizan para ubicar tanto al testigo como al tribunal sobre el relato  sobre lo cual está declarando el  testigo. Por ejemplo ¿Ahora nos vamos a centrar el día 15 de agosto a las 9 de la noche? Los autores en este caso le han llamado preguntas de transición,  más bien seria  de ubicación ya que de esta forma ubicación al testigo y de aquí  derivan las preguntas  para el testigo.

De lo anterior  se desprende que es muy importante conocer  nuestra legislación secundaria,  pero además, de comprender  en qué consisten las prohibiciones que nos señala el Código Nacional de Procedimientos Penales, para realizar nuestro interrogatorio.

CONCLUSIÓN

En este ensayo señalamos la importancia de que el abogado se debe de preparar  en las nuevas técnicas de litigación oral y observar las reglas en las diferentes etapas del nuevo proceso penal acusatorio.

La eficacia del  testimonio de una persona, depende también del desempeño y del manejo de las técnicas de litigación oral, por parte de los fiscales y  abogados defensores de ahí que los conocimientos en estas nuevas formalidades son indispensables en el desempeño de la profesión de Licenciado en Derecho.

El conocimiento y manejo de las nuevas formalidades son indispensables para poder tener éxito hoy en el ejercicio de nuestra noble profesión y sobre todo   estar conscientes  de que en la medida en que  nos preparemos abonaremos a la  mejora  en la impartición de justicia.

Bibliografía

Baytelman , A., & Duce, M. (2004). Litigaciòn Penal y Juicio Oral. Santiago, Chile: Imprenta Salesianos S.A. .

Lorenzo, L. (2015). Manual de Litigaciòn. Argentina: Didot.

UNION, C. D. (s.f.). Recuperado el 23 de agosto de 2016, de LEYES FEDERALES VIGENTES:

Valdivieso, L. (2012). Seminario: Litigaciòn Oral en materia penal. Loja Ecuador: Universidad Tecnica particular de Loja.



[a] Profesora de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Escuela Superior de Huejutla.

[b] Profesora Investigadora de la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo, Escuela Superior de Huejutla.