@article{Rocha Pérez_2014, title={Procedimiento de la apelación}, volume={2}, url={https://repository.uaeh.edu.mx/revistas/index.php/huejutla/article/view/1049}, DOI={10.29057/esh.v2i3.1049}, abstractNote={<p class="asangre">El término apelación proviene del latín “apellare”, que significa pedir auxilio. Es el medio impugnativo ordinario a través del cual una de las partes o ambas (Apelante) solicita que un tribunal de segundo grado (Ad quem) examine una resolución dictada dentro del proceso (materia judicandi) por el juez que conoce en la primera instancia (a quo), expresando sus inconformidades al momento de interponerlo ( agravios), con la finalidad de que el superior jerárquico, una vez que las analice y sin que pueda suplir sus deficiencias ( en estricto derecho), corrija sus defectos ( errores in procedendo); modificándola o revocándola.</p> <p>En nuestro estado, la APELACION es un medio de impugnación que se encuentra legalmente establecido en el Titulo XII DE LOS RECURSOS, Capítulo I DELAS REVOCACIONES Y APELACIONES (art. 671- 704) del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Hidalgo.</p&gt;}, number={3}, journal={Ciencia Huasteca Boletín Científico de la Escuela Superior de Huejutla}, author={Rocha Pérez, Juana}, year={2014}, month={ene.} }