¿Por qué deben tratarse las aguas residuales?

Autores/as

  • Carlos Alexander Lucho Constantino Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
  • Ledy Cheyenne de la Cruz Martínez Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
  • Rosa Icela Beltrán Hernández Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

DOI:

https://doi.org/10.29057/icbi.v6i11.3126

Palabras clave:

contaminación del agua, tratamiento del agua, materia orgánica, enfermedades, normas ambientales

Resumen

Algunas personas piensan que cualquier descarga a un cuerpo de agua es contaminación. Con los sistemas actuales para transportar y conducir las aguas residuales generadas en los hogares y las industrias, sería casi imposible y poco prudente prohibir el vertido de estos desechos a los océanos, ríos y cuencas de aguas subterráneas. De acuerdo a su origen, las aguas residuales se clasifican en domésticas e industriales. También se clasifican en aguas residuales orgánicas e inorgánicas de acuerdo al tipo de residuo presente. Existen residuos poco comunes como los vertidos de los procesos de enfriamiento (que ocasionan cambios térmicos) y residuos radiactivos, principalmente de hospitales, laboratorios de investigación y plantas nucleoeléctricas. El no tratar el agua residual genera efectos negativos a la salud humana y al ambiente. Por lo tanto, se emplean diversas tecnologías para tratar el agua residual conocidas como tratamientos primarios, secundarios y terciarios. En México existen normas oficiales mexicanas que regulan las descargas de agua residual y agua tratada a cuerpos acuáticos, suelos, al sistema de alcantarillado urbano municipal, etcétera. La protección de los recursos hídricos es responsabilidad de todos.

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Diario Oficial de la Federación (1997). Norma Oficial Mexicana (NOM)-001-SEMARNAT-1996. Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales.

Diario Oficial de la Federación (1998a). Norma Oficial Mexicana (NOM)-002-SEMARNAT-1996. Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales a los sistemas de alcantarillado urbano o municipal.

Diario Oficial de la Federación (1998b). Norma Oficial Mexicana (NOM)-003-SEMARNAT-1996. Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes para las aguas residuales tratadas que se reusen en servicios al público.

Environmental Protection Agency (USEPA). Why treat wastes?. Operation of wastewater treatment plants Volume 1. Cuarta edición, Universidad de California. 1998. pp. 12-25.

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Publicado

2018-07-05

Cómo citar

Lucho Constantino, C. A., de la Cruz Martínez, L. C., & Beltrán Hernández, R. I. (2018). ¿Por qué deben tratarse las aguas residuales?. Pädi Boletín Científico De Ciencias Básicas E Ingenierías Del ICBI, 6(11). https://doi.org/10.29057/icbi.v6i11.3126

Número

Sección

Artículos de investigación