Fiscalía General de la República

  • Claudia G. Vázquez-Roa Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo
Palabras clave: Procuraduría, fiscalía, reforma, garantía, autonomía

Resumen

El presente trabajo se refiere a la institución probablemente más desacreditada, criticada, cuestionada y satanizada de nuestro país: la Procuraduría General de la República. En nuestros días carente en absoluto de toda credibilidad, y no es para menos, no ha dado las respuestas esperadas, obligadas y necesarias a sus responsabilidades en la prevención, investigación y persecución de los delitos, a la vigilancia y respeto a los derechos humanos y el cuidado de víctimas y ofendidos.

Desde su origen durante el gobierno de Porfirio Díaz Mori se cuestiona su lealtad, servicio o función históricamente hablando, sin embargo, esa problemática continúa ya que su subordinación al poder ejecutivo no le permite la característica de la imparcialidad, así como su probable servicio o no a ciertos y determinados intereses políticos.

La idea de la transición de una procuraduría a una fiscalía fue de las fuerzas políticas de oposición de nuestro país; el Partido Acción Nacional y el Partido de la Revolución Democrática expresaron la necesidad de dicho cambio para recuperar la credibilidad social al adquirir autonomía, ya que se percibía como un medio para reprimir a los adversarios políticos y a los disidentes. Esta propuesta se integró al Pacto por México presentado por Enrique Peña Nieto.

La reforma que la convierte en Fiscalía General de la República, busca la garantía de la autonomía del ejecutivo, legitimando sus funciones de investigación y persecución de los delitos, las cuales deben ejercerse bajo criterios técnicos y no políticos. (Zínser, 2015)

Se constituye como la institución autónoma más importante de nuestro   país ya que posee la titularidad del ejercicio de la acción penal, el mando policiaco y el control de los sistemas de inteligencia y espionaje, así como independencia orgánica, funcional y presupuestaria implicando una labor importante por parte del Congreso para establecer ciertos mecanismos de control que garanticen que sus nombramientos sean ajenos a corrientes políticas.

Citas

Referencias
Abogado, E. d. (2016). ¿Qué debemos hacer para combatir la corrupción? el mundo del Abogado, 22-25.

Carbonell, M. (2016). El tiempo nos alcanzó. el mundo del Abogado, 50.

Carpizo, J. (2004). La creación de órgano constitucional autónomo. En J. Carpizo, El ministerio fiscal como órgano constitucional autónomo (págs. 64-68). México, DF.: UNAM.

Casar, M. A. (2015). México: Anatomía de la corrupción. México, DF.: CIDE.

Estefan, J. H. (2016). Promulga Enrique Peña Nieto las 7 leyes secundarias del Sistema Nacional Anticorrupción. Foro Jurídico, 18-19.

Herrera y Lasso, M. (1964). Estudios Constitucionales. México: Jus.

Nava, E. A. (2015). Derecho Constitucional. México, DF.: Oxford University Press.

Parisuaña, M. M. (2000). El principio de presunción de inocencia, sus significados. Revista Electrónica del Trabajador Judicial, 9.

Reyes, D. (2016). VIII Foro Nacional sobre Seguridad y Justicia. el mundo del Abogado, 48-49.
Solórzano, L. d. (marzo de 2014). Perseo. Programa universitario de
Derechos Humanos. Universidad Nacional Autónoma de México. Obtenido de erseo. Programa universitario de Derechos Humanos. Universidad Nacional Autónoma de México: http://www.pudh.unam.mx/perseo/la-fiscalia-de-la-republica/

Zínser, A. A. (27 de febrero de 2015). Aristeguinoticias. Obtenido de Aristeguinoticias: http://aristeguinoticias.com/2702/mexico/la-fiscalia-general-de-la-republica-un-gran-poder-y-una-gran-tentacion-aguilar-zinser/
Publicado
2019-01-05
Cómo citar
G. Vázquez-Roa, C. (2019). Fiscalía General de la República. Vida Científica Boletín Científico De La Escuela Preparatoria No. 4, 7(13). Recuperado a partir de https://repository.uaeh.edu.mx/revistas/index.php/prepa4/article/view/3575