Desahogo de la prueba confesional

  • Isaura Arguelles Azuara Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo

Abstract

La prueba confesional se desahoga en presencia del juez el cual califica las de legales y los que son insidiosa ,contienen más de dos hechos las tacha no son hecho propios del absolvente, del secretario y las partes tanto el absolvente como el articulante asiéndose acompañar de sus abogados patronos, los cuales se les tomaran sus generales al dar inicio la diligencia, la prueba confesional se desahoga mediante un pliego de posiciones en el cual debe contener las posiciones que debe absolver la parte demandada, las posiciones no deben de ser insidiosas, no deben de contener mas de dos hechos y deben hechos propios del absolvente La absolución de posiciones debe proponerse como en todas las restantes prueba en los escritos de demanda, reconvención y contestación de ambas.
Cualquiera de las partes ya sea actora o demandada tiene la facultad de solicitar que su contraria absuelva posiciones. Tal facultad corresponde, también, a cada uno de los litisconsortes, quienes, sin embargo, no pueden poner posiciones a los litigantes que actúan en su misma posición, pues estos no revisten el carácter de partes contrarias. Se ha decidido, sin embargo, que es admisible el pedido de posiciones entre litisconsortes que sustenten derechos distintos.

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Published
2013-01-05
How to Cite
Arguelles Azuara, I. (2013). Desahogo de la prueba confesional. Ciencia Huasteca Boletín Científico De La Escuela Superior De Huejutla, 1(1). https://doi.org/10.29057/esh.v1i1.1010

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